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SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DEL IVA A LAS SOCIEDADES O PERSONAS NATURALES QUE DESARROLLEN PROYECTOS INMOBILIARIOS

¿Le teme a los trámites del SRI? Nosotros nos encargamos del proceso técnico para que reciba su devolución sin errores ni riesgos.

Desde el año 2024, la normativa tributaria en Ecuador fortaleció un beneficio importante para el sector de la construcción: la posibilidad de solicitar la devolución del IVA pagado en bienes y servicios utilizados directamente en proyectos inmobiliarios.

Sin embargo, muchas personas no lo saben.
Y quienes lo saben, muchas veces no lo solicitan por temor a los trámites o por desconocimiento de los requisitos.

El resultado: dinero que pudo volver a su bolsillo termina quedándose como un costo definitivo.

En construcción, cada dólar cuenta. Y cuando se trata de proyectos inmobiliarios —ya sea una vivienda propia o un desarrollo más grande— la liquidez es clave.

¿En qué consiste este beneficio?

La devolución del IVA permite que las personas naturales y sociedades que desarrollen proyectos inmobiliarios puedan solicitar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) la devolución del IVA pagado en:

  • Adquisiciones locales de bienes
  • Servicios utilizados directamente en la construcción
  • Importaciones vinculadas al proyecto

Este beneficio fue fortalecido con la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, vigente desde 2024.

No se trata de un favor del Estado.
Se trata de un derecho, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución?

Según lo establecido por el SRI, pueden solicitar la devolución:

  • Personas naturales ecuatorianas
  • Personas naturales extranjeras
  • Sociedades privadas

Siempre que hayan desarrollado un proyecto inmobiliario y hayan pagado IVA en bienes y servicios utilizados directamente en la construcción.

Esto incluye tanto proyectos inmobiliarios para comercialización como vivienda propia, siempre que cumplan con los requisitos formales.

El punto clave: el cumplimiento documental

Aquí es donde la mayoría de solicitudes se complican.

El derecho puede existir, pero si la documentación no está correctamente organizada o validada, el trámite puede:

  • Retrasarse
  • Ser observado
  • O incluso rechazado

Algunos de los aspectos esenciales que deben verificarse son:

  • Registro formal del proyecto inmobiliario
  • Permiso de construcción emitido por el GAD Municipal correspondiente
  • Facturas correctamente emitidas y a nombre del solicitante
  • Reporte de prevalidación de comprobantes
  • Listado estructurado de todos los documentos de respaldo

El problema no es la norma.
El problema suele estar en la ejecución técnica.

¿Cuándo se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta cuando el proyecto ya está concluido.

Esto permite:

  • Consolidar el total del IVA pagado
  • Organizar la documentación completa
  • Presentar el trámite de forma integral

Presentar información incompleta o anticipada puede generar observaciones innecesarias.

El temor al trámite

Muchas personas no solicitan la devolución porque:

  • Creen que es demasiado complejo
  • No entienden la normativa
  • Temen cometer errores
  • No saben si cumplen todos los requisitos

Y ese temor termina costando dinero.

Porque mientras el IVA no se revise técnicamente, simplemente se convierte en un gasto más dentro del proyecto.

¿Por qué es importante una revisión técnica previa?

Cada proyecto es distinto.

No todos califican automáticamente.
No todas las facturas aplican.
No todos los casos cumplen las condiciones.

Por eso es fundamental realizar una revisión técnica previa que permita determinar:

  • Si el caso es apto
  • El monto aproximado a recuperar
  • El nivel de organización documental requerido
  • El grado de complejidad del trámite

Tomar la decisión sin revisar es un error.
Revisar antes de actuar es estrategia.

No financie al Estado con su liquidez

En construcción, la rentabilidad depende del control financiero.

El IVA pagado puede representar una suma significativa.
Si cumple los requisitos, ese valor puede volver a su proyecto.

Pero debe hacerse correctamente.

Un trámite mal estructurado no solo retrasa el proceso, también puede generar riesgos innecesarios.

Conclusión

La devolución del IVA en proyectos inmobiliarios es un beneficio vigente y real desde 2024.

Está dirigido a personas naturales y sociedades que desarrollen proyectos inmobiliarios y hayan pagado IVA en bienes y servicios utilizados directamente en la construcción.

No es automático.
No es informal.
No es improvisado.

Requiere análisis, orden y gestión técnica adecuada.

Si su proyecto se encuentra dentro del período 2024 en adelante y cumple con los requisitos formales, puede existir la posibilidad de recuperar el IVA pagado.

El punto no es temer al trámite.
El punto es hacerlo correctamente.

Porque en construcción, cada recurso cuenta.

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